Desde el trigésimo y hasta el tercer día anterior a la elección es el plazo que existe para realizar propaganda o publicidad electoral.-
Para las próximas Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros Regionales, el período se extenderá entre el viernes 18 de octubre y el jueves 14 de noviembre del año en curso, incluyendo ambas fechas. Entonces, sólo hasta hoy jueves, a la medianoche, puede estar desplegada la propaganda electoral para las elecciones del próximo domingo 17.
Toda la propaganda desarrollada fuera del plazo indicado se considera prohibido y puede ser denuncia por cualquier persona ante el juez de policía local de la comuna donde se hubiere cometido la infracción, y siempre que éste fuere abogado. De lo contrario, se deberá concurrir ante juez de policía local abogado de la comuna más cercana. Servel no es el órgano competente. Las denuncias por publicidad política prohibida puede realizarlas cualquier persona.
¿Qué se entiende por propaganda o publicidad electoral?
Se entenderá por propaganda electoral, la dirigida a inducir a los electores a emitir su voto por candidatos determinados.