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El organismo autorizó por sobre lo dispuesto por Consejo de Monumentos Nacionales.-

Mediante un twitter, una voluntaria del comando electoral de la candidata a la reelección, la Senadora Lily Pérez, envió a nuestro medio la Resolución 139, del 8 de junio del 2017 del Servel, mediante la cual dicho servicio informa sobre los lugares autorizados para propaganda electoral en Putaendo.

En efecto, la Resolución indica 50 mts en Plaza de Armas, además de otros 100 mts en Ejército Libertador y 190 en Av. Alejandrina Carvajal. Ver documentos al final.

Ante ello, es razonable y entendible que los comandos hayan reaccionado a la publicación de este medio, pues manejan esa información. Aun así, las “palomas”, tanto de Lily Pérez como de Pedro Ávila fueron retiradas por ellos mismos desde la plaza.

Lo que no se entiende, es que el Servel, un organismo estatal, haya autorizado, pues desde septiembre del 2012 existe un instructivo emanado desde el Consejo de Monumentos Nacionales, otra entidad estatal, que expresa que dicho organismo debe velar que los procesos electorales no afecten “los lugares o espacios sobre los cuales tenemos tuición, en este caso particularmente Zonas Típicas”, y que los candidatos deben solicitar permiso al Consejo de Monumentos Nacionales para instalar publicidad en zonas típicas. ¿Cuál es la norma que prevalece sobre la otra? Para emitir dicha autorización, ¿el Servel consulta con otros organismos de tuición territorial?

De la Resolución del Servel se envió copia al Municipio en su momento (junio 2017) ¿Se habrá levantado un reclamo municipal ante el Servel al efecto?

Lo importante es que la comunidad de Putaendo se ha manifestado ampliamente en contra de la instalación de propaganda política en su plaza, algo que los candidatos deben considerar y respetar, si aspiran a representarla en cualquier instancia.

Categories: General, Tu Comuna

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